{"id":6362,"date":"2022-04-07T10:59:36","date_gmt":"2022-04-07T10:59:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.icip.cat\/perlapau\/issue\/%issue_post%\/article\/la-agenda-de-mujeres-paz-y-seguridad-reflexiones-criticas\/"},"modified":"2022-04-07T10:59:36","modified_gmt":"2022-04-07T10:59:36","slug":"la-agenda-de-mujeres-paz-y-seguridad-reflexiones-criticas","status":"publish","type":"article","link":"https:\/\/www.icip.cat\/perlapau\/es\/articulo\/la-agenda-de-mujeres-paz-y-seguridad-reflexiones-criticas\/","title":{"rendered":"La agenda de Mujeres, Paz y Seguridad: reflexiones cr\u00edticas"},"content":{"rendered":"\n<p>                <span id=\"square\"><\/span>                <span id=\"first-word\"> Este mes<\/span> de octubre se ha celebrado el XV aniversario de la Resoluci\u00f3n 1325 sobre mujeres, paz y seguridad, frecuentemente juzgada -en la literatura especializada- como una \u201cresoluci\u00f3n hist\u00f3rica\u201d. Con su adopci\u00f3n, el Consejo de Seguridad reconoce -por primera vez- que las mujeres pueden ser algo m\u00e1s que v\u00edctimas de los conflictos armados.            <\/p>\n<p> De tal manera, la Resoluci\u00f3n 1325 no s\u00f3lo se cimienta en los diferentes y desproporcionados efectos de los conflictos armados sobre las mujeres, sino tambi\u00e9n en el significativo papel -no siempre valorado- que \u00e9stas desempe\u00f1an en su prevenci\u00f3n y soluci\u00f3n, as\u00ed como en la consolidaci\u00f3n de la paz. Sobre la base de estos cimientos, su estructura conceptual gravita en torno a tres pilares fundamentales: \u201cparticipaci\u00f3n\u201d, \u201cprevenci\u00f3n\u201d y \u201cprotecci\u00f3n\u201d, a menudo aludidos como \u201clas tres `pes\u00b4\u201d. <\/p>\n<p> As\u00ed, el pre\u00e1mbulo de la Resoluci\u00f3n 1325 reconoce la \u201cimportancia\u201d de que las mujeres \u201cparticipen en pie de igualdad e intervengan plenamente\u201d en el logro de la paz y la seguridad internacionales, y la \u201cnecesidad\u201d de aumentar dicha participaci\u00f3n \u201cen los procesos de adopci\u00f3n de decisiones en materia de prevenci\u00f3n y soluci\u00f3n de conflictos\u201d. En conexi\u00f3n con ello, su p\u00e1rrafo 1 -el \u00fanico, por lo dem\u00e1s, referido al segundo de los pilares apuntados- insta a los Estados miembros a \u201cvelar por que aumente la representaci\u00f3n de la mujer en todos los niveles de adopci\u00f3n de decisiones\u201d relacionados con dicha prevenci\u00f3n y soluci\u00f3n, as\u00ed como con la gesti\u00f3n de los conflictos. En este orden de cosas, requiere al Secretario General -en sus p\u00e1rrafos 3 y 4- que \u201cnombre a m\u00e1s mujeres representantes especiales y enviadas especiales\u201d y ampl\u00ede \u201cel papel y la aportaci\u00f3n de las mujeres en las operaciones de las Naciones Unidas sobre el terreno\u201d, sobre todo \u201centre los observadores militares, la polic\u00eda civil y el personal dedicado a los derechos humanos y a tareas humanitarias\u201d. De este modo, el Consejo de Seguridad agrega a su percepci\u00f3n convencional de las mujeres como v\u00edctimas de los conflictos armados, su aprehensi\u00f3n como actores de paz. <\/p>\n<p> Con todo, estas disposiciones est\u00e1n en el origen de una parte significativa de las cr\u00edticas de las que ha sido objeto la Resoluci\u00f3n 1325. Estas cr\u00edticas censuran su alineaci\u00f3n con el feminismo liberal y, en particular, con su conceptuaci\u00f3n de la igualdad, seg\u00fan la cual esta se alcanzar\u00e1 cuando las mujeres logren acceder a los mismos \u00e1mbitos de actividad -y en id\u00e9nticos t\u00e9rminos- que los hombres. En este contexto se encuadra el compromiso con el aumento de la representaci\u00f3n al que se refiere el p\u00e1rrafo 1 de la resoluci\u00f3n, un compromiso basado en un doble objetivo: por un lado, posibilitar que las decisiones de las mujeres encarnen sus prioridades y preocupaciones y, por otro, que la paz y la seguridad se beneficien de sus contribuciones y perspectivas. Indudablemente, una mayor presencia de mujeres en cualquier esfera de actividad les confiere mayor visibilidad y es importante en t\u00e9rminos simb\u00f3licos, pero no garantiza que sus decisiones difieran sustancialmente de las de los hombres, pues, para estar representadas, no es preciso que est\u00e9n presentes f\u00edsicamente. En definitiva, al establecer un v\u00ednculo causal directo entre la representaci\u00f3n descriptiva y la representaci\u00f3n sustantiva, la resoluci\u00f3n asume un concepto de representaci\u00f3n en cierto sentido simplista. <\/p>\n<p>            <cite class=\"cita-right\">                                La 1325 contribuye a perpetuar una imagen estereotipada de las mujeres como v\u00edctimas y pacifistas, y los hombres como protectores y agresores            <\/cite>            <\/p>\n<p> Tras este coqueteo inicial con una imagen activa y aut\u00f3noma de las mujeres, la Resoluci\u00f3n 1325 ampara una visi\u00f3n estereotipada de las mujeres, present\u00e1ndolas -en compa\u00f1\u00eda de las ni\u00f1as- como v\u00edctimas de los conflictos armados que, con unas necesidades especiales, precisan de una protecci\u00f3n tambi\u00e9n especial. As\u00ed, por ejemplo, en su apartado dispositivo -p\u00e1rrafos 9 y 10- se insta a las partes en conflicto a respetar plenamente los derechos de las mujeres y las ni\u00f1as, y a protegerlas de la violencia por raz\u00f3n de g\u00e9nero, otorgando a los Estados -en su p\u00e1rrafo 11- la responsabilidad de poner fin a la impunidad por cr\u00edmenes relacionados con esta violencia y de excluir tales cr\u00edmenes de las disposiciones de amnist\u00eda. <\/p>\n<p> Esta restrictiva aprehensi\u00f3n de las mujeres y las ni\u00f1as como v\u00edctimas de los conflictos armados ha sido el eje tambi\u00e9n de gran parte de las cr\u00edticas recibidas por la Resoluci\u00f3n 1325. Dos son las objeciones principales planteadas a esta formulaci\u00f3n. La primera de ellas subraya la omisi\u00f3n textual de aquellas mujeres que participan en las hostilidades y\/o juegan un activo papel en la irrupci\u00f3n y el mantenimiento de la violencia de g\u00e9nero, entre otras realidades. La segunda, por su parte, responsabiliza a dicha aprehensi\u00f3n de la sistem\u00e1tica exclusi\u00f3n de las mujeres de los procesos de adopci\u00f3n de decisiones. M\u00e1s all\u00e1 de estas objeciones, su censura se extiende al perfil que refleja de los hombres. Aunque la resoluci\u00f3n no los menciona expl\u00edcitamente, su t\u00e1cita presencia es incuestionable. As\u00ed, de su discurso se infiere que son ellos los que detentan el poder, los responsables principales -no las v\u00edctimas- de la violencia y\/o de la protecci\u00f3n de las mujeres y las ni\u00f1as. <\/p>\n<p> Las consideraciones que preceden explican, adem\u00e1s, la lectura que la Resoluci\u00f3n 1325 hace de un pilar conceptual complementario a \u201clas tres `pes\u00b4\u201d: la integraci\u00f3n de una perspectiva de g\u00e9nero. Lejos de interpretarse como una herramienta con la que acreditar el impacto -tanto en hombres como en mujeres- de los distintos estadios del conflicto, esta integraci\u00f3n se asocia con la necesidad de priorizar el papel proactivo que las mujeres pueden jugar en la construcci\u00f3n de la paz. De esta suerte, la resoluci\u00f3n -en sus p\u00e1rrafos 5 y 8- reclama la integraci\u00f3n de una perspectiva de g\u00e9nero en las operaciones de mantenimiento de la paz y en la negociaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de los acuerdos de paz. En este \u00e1mbito, los compromisos apuntan a prestar atenci\u00f3n a las necesidades especiales de las mujeres y las ni\u00f1as durante la repatriaci\u00f3n, el reasentamiento, la rehabilitaci\u00f3n, la reintegraci\u00f3n y la reconstrucci\u00f3n posterior al conflicto, as\u00ed como a \u201capoyar las iniciativas de paz de las mujeres locales\u201d. De este modo, la Resoluci\u00f3n 1325 contribuye a perpetuar una imagen estereotipada de las mujeres como v\u00edctimas y pacifistas y de los hombres como protectores y agresores. <\/p>\n<p>            <cite class=\"cita-left\">                                Las cr\u00edticas a la 1325 censuran su alineaci\u00f3n con el feminismo liberal y su conceptuaci\u00f3n de la igualdad            <\/cite>            <\/p>\n<p> La Resoluci\u00f3n 1325 ha favorecido la adopci\u00f3n de otras seis<a href=\"articles_centrals\/article_central_1\/#ref\"><sup>1<\/sup><\/a> resoluciones tem\u00e1ticas sobre mujeres, paz y seguridad que desarrollan y refuerzan algunos de sus aspectos. Cuatro de estas resoluciones -la Resoluci\u00f3n 1820 (2008), la Resoluci\u00f3n 1888 (2009), la Resoluci\u00f3n 1960 (2010) y la Resoluci\u00f3n 2106 (2013)- se centran esencialmente en la protecci\u00f3n de las mujeres -los ni\u00f1os y, eventualmente, los hombres- de la violencia sexual. As\u00ed, mientras el p\u00e1rrafo 13 de la Resoluci\u00f3n 1820 subraya la necesidad de prestarles \u201casistencia sostenible\u201d, el pre\u00e1mbulo de la Resoluci\u00f3n 1888 se refiere espec\u00edficamente a la obligaci\u00f3n de atender a \u201cla justicia y las reparaciones\u201d despu\u00e9s de los conflictos. En un sentido similar, la Resoluci\u00f3n 2106 -en su p\u00e1rrafo 21- insiste en \u201cayudar a los supervivientes a acceder a la justicia y obtener reparaciones\u201d. Este retorno al \u201cvictimismo\u201d del Consejo de Seguridad se evidencia tambi\u00e9n en el exiguo tratamiento otorgado por algunas de estas resoluciones a la participaci\u00f3n de las mujeres en las estructuras de adopci\u00f3n de decisiones. El p\u00e1rrafo 3, tanto de la Resoluci\u00f3n 1820 como de la Resoluci\u00f3n 1888, asocia tal participaci\u00f3n a su condici\u00f3n de actores sexualmente vulnerables o supervivientes de la violencia sexual. \u00danicamente el p\u00e1rrafo 12 de la Resoluci\u00f3n 1820 no contempla esta asociaci\u00f3n. <\/p>\n<p> Con todo, la Resoluci\u00f3n 1889 -adoptada el 5 de octubre de 2009- marca el retorno a muchas de las cuestiones tratadas en la Resoluci\u00f3n 1325, respecto a la cual se presenta una concepci\u00f3n m\u00e1s s\u00f3lida de la participaci\u00f3n de las mujeres y se identifican algunos de los factores que dificultan tal participaci\u00f3n. Como muestra de ello, su pre\u00e1mbulo vincula los bajos niveles de participaci\u00f3n de las mujeres en las situaciones posteriores al conflicto a la inexistencia de una financiaci\u00f3n adecuada y, en tal sentido, su p\u00e1rrafo 7 destaca la necesidad de \u201cempoderar a las mujeres\u201d en tales situaciones. Esta propuesta marca un cambio respecto a la idea de representaci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n 1325, al impulsar los esfuerzos hacia el logro de la representaci\u00f3n sustantiva, frente a la descriptiva. La Resoluci\u00f3n 1889 mantiene el discurso de \u201clas mujeres\u201d y \u201clas mujeres y las ni\u00f1as\u201d, en lugar de recurrir al g\u00e9nero, presentando a ambas -al igual que la Resoluci\u00f3n 1325- como un grupo homog\u00e9neo. <\/p>\n<p> No obstante, ser\u00e1 la Resoluci\u00f3n 2122 la que se acerque con mayor intensidad al dilatado conjunto de temas abordados por la Resoluci\u00f3n 1325. Adoptada por unanimidad el 18 de octubre de 2013, esta resoluci\u00f3n reconoce el incumplimiento de los compromisos contra\u00eddos en la agenda relativa a las mujeres, la paz y la seguridad. Tras entonar el mea culpa, el Consejo de Seguridad renueva sus votos, admitiendo -en el pre\u00e1mbulo- \u201cla necesidad de que en su propia labor se preste una atenci\u00f3n m\u00e1s sistem\u00e1tica\u201d al cumplimiento de esos compromisos, sobre todo para \u201creforzar la intervenci\u00f3n de las mujeres en la prevenci\u00f3n y soluci\u00f3n de conflictos y en la consolidaci\u00f3n de la paz\u201d. Asimismo, la Resoluci\u00f3n 2122 emplaza la referida agenda en el contexto m\u00e1s amplio del desarrollo, advirtiendo -por ejemplo- que la \u201cpaz sostenible\u201d -como se apunta tambi\u00e9n en el pre\u00e1mbulo- \u201crequiere un enfoque integrado que se base en la coherencia entre las actividades en los \u00e1mbitos de la pol\u00edtica, la seguridad, el desarrollo, los derechos humanos, incluida la igualdad entre los g\u00e9neros, y el estado de derecho y la justicia\u201d. En el mismo orden de cosas, la resoluci\u00f3n incorpora nuevas cuestiones a dicha agenda como el empoderamiento econ\u00f3mico de las mujeres o su acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva. A pesar de esta amplia perspectiva sobre los procesos de paz y de consolidaci\u00f3n de la paz, la Resoluci\u00f3n 2122 no ofrece muchas ideas nuevas en cuanto a medidas concretas y pr\u00e1cticas para su implementaci\u00f3n. <\/p>\n<p> Trascurridos quince a\u00f1os desde la adopci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n 1325, el Consejo de Seguridad ha posibilitado que las cuestiones relativas a las mujeres, la paz y la seguridad sean parte destacada de su agenda. En estos a\u00f1os, la literatura especializada se ha centrado fundamentalmente en el estudio de los retos que plantea su implementaci\u00f3n, sin apenas interrogarse sobre el hecho -como hemos intentado poner de manifiesto en este trabajo- de que algunos de estos retos son el resultado del modo en que la resoluci\u00f3n fue formulada. En tal sentido, la Resoluci\u00f3n 1325 es producto y, al mismo tiempo, productora, de una conceptuaci\u00f3n particular de las \u201cmujeres\u201d, la \u201cpaz\u201d y la \u201cseguridad\u201d, cuyo an\u00e1lisis es esencial tanto para entender su \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n y sus implicaciones, como para identificar sus carencias y reconocer lo que podr\u00eda haber sido diferente. Una afirmaci\u00f3n que se extiende a las resoluciones adoptadas con posterioridad y que, en general, no han logrado poner fin a tales carencias. <\/p>\n<p id=\"ref\" class=\"referencia first-reference last-reference\"> 1.\tEste articulo ha sido escrito con anterioridad a la aprobaci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n 2242 de las Naciones Unidas, de manera que actualmente son ocho las resoluciones tem\u00e1ticas sobre Mujeres, Paz y Seguridad que complementan la Resoluci\u00f3n 1325.  <\/p>\n<p class=\"foto\"> <a href=\"https:\/\/www.flickr.com\/photos\/unwomen\/16953894147\/in\/album-72157651257451861\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">\tFotografia\t<\/a>\t: UN Women\t\t <\/p>\n<p class=\"gencat\">\u00a9 Generalitat de Catalunya<\/p>\n","protected":false},"featured_media":6387,"menu_order":2,"template":"","categories":[6],"class_list":["post-6362","article","type-article","status-publish","has-post-thumbnail","hentry","category-articles-centrals"],"acf":[],"yoast_head":"<!-- This site is optimized with the Yoast SEO plugin v25.6 - https:\/\/yoast.com\/wordpress\/plugins\/seo\/ -->\n<title>La agenda de Mujeres, Paz y Seguridad: reflexiones cr\u00edticas - Revista Por la Paz<\/title>\n<meta name=\"robots\" content=\"index, follow, max-snippet:-1, max-image-preview:large, max-video-preview:-1\" \/>\n<link rel=\"canonical\" href=\"https:\/\/www.icip.cat\/perlapau\/es\/articulo\/la-agenda-de-mujeres-paz-y-seguridad-reflexiones-criticas\/\" \/>\n<meta property=\"og:locale\" content=\"es_ES\" \/>\n<meta property=\"og:type\" content=\"article\" \/>\n<meta property=\"og:title\" content=\"La agenda de Mujeres, Paz y Seguridad: reflexiones cr\u00edticas - Revista Por la Paz\" \/>\n<meta property=\"og:description\" content=\"Este mes de octubre se ha celebrado el XV aniversario de la Resoluci\u00f3n 1325 sobre mujeres, paz y seguridad, frecuentemente juzgada -en la literatura especializada- como una \u201cresoluci\u00f3n hist\u00f3rica\u201d. 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