Conflictos lingüísticos

La protesta atacada por los cuatro costados

La crisis y las medidas de austericidio impulsadas desde nuestros diferentes gobiernos (europeo, estatal y autonómicos) han supuesto un recorte sin precedentes de nuestras políticas sociales y por tanto un retroceso en el goce efectivo de varios derechos económicos, sociales y culturales, como son el trabajo, la sanidad y la educación. Estos recortes se contestan, día sí y día también, en la calle. Manifestaciones, concentraciones, ocupaciones de espacios públicos, asambleas ciudadanas…, según afirmó el Director General de la Policía, Ignacio Cosidó, en su última comparecencia en el Congreso, se calculan casi 100 protestas diarias desde 2012.

¿Y cuál es la respuesta ante este descontento social manifestado en la calle? El ataque. Pero no el ataque frontal, sino el ataque dirigido, y hasta parece coordinado, desde cuatro flancos.

La protesta, el disenso, no está recogida como derecho humano autónomo. Sin embargo sí que lo están otros aspectos que la configuran, como son el derecho de manifestación, el derecho de reunión y la libertad de expresión. Estos derechos, considerados como estrechamente vinculados a la formación de una sociedad democrática, porque son imprescindibles para su construcción, son los que se encuentran, y lo decimos sin miedo a exagerar, sitiados por un ataque persistente y sostenido que les llega, nos llega, desde cuatro flancos, desde cuatro poderes: el ejecutivo, el legislativo, el judicial y el mediático.

El principal papel de la policía ante de una manifestación o acto de protesta ha de ser la protección de los manifestantes y su derecho a reivindicar o expresas rus opiniones

Desde el poder ejecutivo asistimos a un uso y abuso de la violencia y la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad que ya no puede considerarse anecdótica ni puntual. Son demasiados los casos en los que se producen cargas policiales violentas (y quizás me sobre el calificativo, no sé si existen las cargas policiales no violentas), despliegues de cuerpos antidisturbios desproporcionados y provocadores (y aquí sí que sé seguro que me sobran los calificativos) y directrices desde los responsables políticos claramente dirigidas a amedrentar y desincentivar la movilización social con argumentos de falta de seguridad ciudadana asociada casi en exclusiva a la protección de bienes materiales.

No debemos olvidar que el principal papel de la policía ante una manifestación o acto de protesta es la protección de los manifestantes y de su derecho a reivindicar o expresar sus opiniones. Sin embargo, con la justificación de la quema de contenedores o el destrozo de sucursales bancarias, las fuerzas de seguridad anteponen la protección de estos bienes a la integridad física de las personas. Ante un acto delictivo la policía debe actuar e intentar detener a los responsables. De ahí a abusar de la fuerza y poner en peligro esta integridad física, como ha sido denunciado por diversos mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos, hay un abismo que hemos decidido saltar.

El gobierno parece haber olvidado que como garante de los derechos humanos es su obligación respetar, proteger y garantizar estos derechos. Es decir, el estado no puede violar derechos humanos (respeto), debe poner las condiciones adecuadas para su disfrute (protección) y debe establecer el sistema de reparación adecuado cuando no pueda evitar una vulneración (garantía). El respeto, la protección y la garantía del derecho de reunión y de la libertad de expresión se encuentran en un lugar privilegiado, por su fundamentalidad constitucional. Sin embargo, esta especial protección que les ofrece la Constitución no parece ser suficiente, puesto que el legislativo también ha decidido atacar.

La reciente aprobación de la Ley de seguridad privada, la reforma del Código Penal y el intento de reforma de la Ley de seguridad ciudadana, son sólo tres ejemplos de la ofensiva normativa destinada a intentar silenciar y criminalizar la protesta. Por un lado se aumentan los tipos penales asociados claramente con acciones de protesta o de reivindicación y por otro se conceden más poderes y más discrecionalidad a las fuerzas de seguridad, incluso privatizando algunas de sus funciones con lo que ello supone de pérdida de control público y de rendición de cuentas.

Y ante las vulneraciones de derechos, cuando deberían activarse las garantías secundarias, éstas contribuyen, en general, a aumentar el círculo de la impunidad. Las alegaciones de malos tratos y torturas por parte de las fuerzas de seguridad durante actos de protesta han tenido una vida judicial bastante corta hasta la fecha. La falta de investigación profunda, la presunción de veracidad de la autoridad y la inclusión de tasas judiciales son algunos de los aspectos que llevan, en la mayoría de los casos, a la no presentación de demanda o al sobreseimiento de la misma en las primeras fases judiciales.

Aún así, existen excepciones, y se han producido diversas sentencias condenatorias ante actuaciones policiales abusivas y desproporcionadas. Aparece en este punto, sin embargo, la figura del indulto otorgado por el ejecutivo que nos termina de cerrar este círculo de impunidad al que hacíamos referencia. Son ya demasiadas las ocasiones en las cuales se producen indultos por este tipo de delitos, indultos que sólo sirven para dar el mensaje, equivocado desde nuestro punto de vista, de que estas sentencias condenatorias son, tranquilos, sólo un error que se puede subsanar.

La Ley de Seguridad privada, la reforma del Código Penal y el intento de reforma de la Ley de Seguridad ciudadana son solo tres ejemplos de la ofensiva normativa destinada a intentar silenciar y criminalizar la protesta

Como sociedad democrática no podemos permitirnos este clima de miedo ante la protesta ni este círculo de impunidad. Pero lo permitimos. Y lo hacemos, entre otras cosas, porque el cuarto ataque, el mediático, es continuo y sistemático. Desde los medios de comunicación convencionales asistimos a la propagación de un discurso único sobre la protesta que identifica al manifestante como violento, despojándolo inmediatamente de humanidad y por tanto allanando el camino a la justificación de su represión, violenta incluso, si es necesario.

La construcción del imaginario social sobre el concepto de seguridad es una tarea conjunta ante la cual los medios de comunicación tienen mucho que decir y aportar. Definir la seguridad exclusivamente como orden público sin tener en cuenta otras dimensiones, como la económica, la social o la política, ayuda a legitimar el uso de la violencia contra aquellos que exigen un orden social distinto más seguro, con trabajo, educación, sanidad y espacio público de uso variado, también reivindicativo.

Aparecen en este punto algunas fuentes de información alternativas, fuentes aún minoritarias pero indudablemente en expansión. Y un ejemplo claro de la importancia de la función social de los medios de comunicación la tenemos en el intento de control y censura que estas fuentes alternativas empiezan a sufrir por parte del estado.

La defensa ante todos estos ataques pasa, según nuestro punto de vista, por el fortalecimiento de la sociedad civil, por la concienciación clara y explícita sobre los derechos que como ciudadanía tenemos, por la búsqueda de apoyos internacionales a través de los mecanismos de protección de los derechos humanos y por el cambio en la manera de hacer política que recupere el respeto, la protección y la garantía de estos derechos como su principal prioridad.

Fotografía : Ivan Bandura / CC BY / Desaturada. – Antidisturbios en una manifestación –

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